OPINIÓN

Sobreprecio populista

Por: Santiago Argüello Mejía

Perseguir de manera implacable el delito, perseguirlo especialmente en aquellos delitos de cuello blanco que no fueron perseguidos en tiempos de la partidocracia y de las campañas electorales mercantilistas que privilegiaron la vara del mercader sobre cualquier otro valor… cualquier persona que me siga ya puede encontrar en mi estrategia propagandística una retórica en condiciones de mover las masas, tras la exigencia que cada ciudadano o ciudadana hace de las necesidades de seguridad y justicia.
Hay en ello una reapreciación del discurso populista, de un cierto populismo penal que debería necesariamente completarse por el agravamiento de las penas, la multiplicación de los policías en las calles y su mejor dotación. No obstante, todo cuanto se haga en términos prácticos para poner en vigor tales medidas ¿se puede asegurar resultados de política criminal del Estado en prevención del delito, seguridad ciudadana y mejoramiento del sistema de justicia penal?
El Código Orgánico Integral Penal, para citar un ejemplo muy concreto, es un instrumento entendido como severo puesto que ha agravado unas penas y ha creado nuevos tipos penales, pero hablando de un tema tan importante como los delitos que tienen que ver con la corrupción de funcionarios, especialmente en los casos de peculado y enriquecimiento ilícito, se dispone un requisito de procedibilidad para iniciar la acción penal: el informe previo de Contraloría General del Estado del que se desprendan indicios de responsabilidad penal. Lo que coarta la posibilidad de que la Fiscalía General del Estado inicie investigaciones sobre la base de cualquier forma de conocimiento de la noticia de un delito de esta clase.
Por estos fenómenos que dan un aspecto al discurso penal y a la retórica política, pero que por otra parte construyen las posibilidades de impunidad, el costo de una medida populista en el orden penal puede ser anulado por la práctica jurídica, hasta sus extremos más perversos y antojadizos. Por lo que parece indispensable poner en la balanza ciertas medidas para observar sus resultados en la práctica diaria.
En una entrevista al criminólogo Máximo Sozzo (FLACSO –Ecuador, marzo 2012) destaca este ejemplo de delitos vinculados a la corrupción, en especial para Argentina y Brasil, para concluir por destacar el hecho de que se inician muy pocos procesos penales de este tipo y, es más, en pocos se llega a sentencias. Todo lo que podría ser aplicado sin demasiada acuciosidad frente al caso ecuatoriano.
Todo lo que justifica la expresión del título para destacar el costo que tiene para la ciudadanía un cierto populismo penal, que se refleja en la retórica política pero no en las prácticas. En este punto, hace falta preguntarse ¿cuántas veces en nuestro país se han iniciado aproximaciones penológicas serias del uso de una determinada medida penal? Y la medida en que los medios de comunicación social reciclan violencia, en lugar de establecer los resultados que deja su aplicación en la realidad del sistema de justicia penal, tanto como las consecuencias apreciables en materia de prevención del delito y logro de la seguridad ciudadana.
Sobreprecio en fin de la oferta carnavalesca de las políticas criminales poco reflexionadas, que solo buscan un impacto inmediato sobre las urnas.

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