EDITORIAL

¿El ser humano sobre el capital?

 

El 11 de agosto pasado, mediante un operativo formado por cientos de policías robocops y militares fueron desalojados de forma violenta de sus tierras ancestrales indígenas shuar y campesinos colonos de la comunidad Nankiats, parroquia Palanta, cantón San Juan Bosco, provincia de Morona Santiago, incluyendo la destrucción de viviendas.

Los comuneros se oponen a la minería en su territorio donde la empresa EXSA, subsidiaria de la china Ecuacorriente se dispone a explotar cobre, para lo cual ha empezado el movimiento de tierras. El artículo 57 de la Constitución establece que “el territorio de los pueblos y nacionalidad indígenas es inalienable, inembargable e indivisible “.

Una vez más, este desalojo se hace sin acuerdo con los habitantes de la zona y sin haber notificación previa ni orden legal, sin derecho a su impugnación, por lo que el desalojo constituye un acto ilegal y arbitrario. Sin embargo, el presidente ecuatoriano sigue llenándose la boca con la frase “el ser humano sobre el capital”. Este es un nuevo caso de violación de los derechos de los pueblos indígenas por parte de un gobierno obstinado por llevar adelante la explotación minera en territorios de los pueblos originarios de la Amazonía y la Sierra. Se enmarca dentro del modelo de “desarrollo” extractivista y depredador, sin importar el daño social, ambiental y cultural que tal decisión implica.

Un ejemplo más de violación de la Constitución en lo referente a los derechos de la naturaleza, cuyo caso más emblemático es la explotación petrolera en el Yasuní. El mismo 11 de agosto, el Tribunal de Garantías Penales de Morona Santiago declaraba culpable del delito de paralización de servicio público al dirigente shuar de Bomboiza Tomás Jimpikit, en el marco del paro nacional y levantamiento indígena de agosto de 2015.

A pesar de que los jueces no presentaron pruebas, le condenaron a un año de prisión. Otra muestra elocuente de la criminalización de la protesta social y falta de imparcialidad de una justicia que responde a los intereses del gobierno. Unos meses antes, el tribunal de Garantías Penales de Loja, impuso una pena de 4 años de prisión a Luisa Lozano y Servio Angamarca, indígenas de Saraguro, por similar “delito” al de Jimpikit, igualmente sin pruebas.

La pena por paralización de servicio público es de 1 a 3 años. Sin embargo los jueces consideraron que hubo el agravante de aprovechamiento de una calamidad pública: la erupción del volcán Cotopaxi, situado a nada menos que 500 km de Saraguro. Ese fue el pretexto para aumentar la pena a 4 años.

Esta cronología de atropellos a los derechos de los pueblos y comunidades que defienden el espacio en el que habitan, y que sirve de beneficio para la humanidad entera, solo habla del doble discurso con el que se maneja el régimen y que aporta a la cada vez más creciente incredulidad por parte de la población: una cosa es lo que se pregona y otra lo que se hace.

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